No, ya que las únicas coberturas que no incluyen a pandemias y epidemias son las que cubren el fallecimiento como consecuencia de un accidente (por ej. muerte accidental, indemnización por muerte accidental, pérdidas parciales por accidente), justamente porque el Coronavirus no es un accidente sino una enfermedad. Y también, las de diagnóstico de cáncer, enfermedades graves y enfermedades terminales, que en sus condiciones ya detallan el listado de aflicciones cubiertas.